ACOSO: MOBBING Y BULLYING

EVALUACIÓN PERICIAL DE LA VÍCTIMA DE MOBBING.

La valoración del daño psíquico sufrido por la víctima de acoso laboral constituye, sin lugar a dudas, la tarea más relevante a la que se enfrentará el perito psicólogo en este tipo de problemática. El trabajo pericial en estos casos se deberá centrar en tres puntos fundamentales (González-Trijueque, Tejero y Delgado, 2011); en primer lugar, se debe intentar (en la medida de lo posible) objetivar el estresor descrito y valorar si estamos ante un supuesto de mobbing o bien ante otro tipo de riesgo psicosocial (p. Ej., estrés laboral, burnout); en segundo lugar habrá que determinar el estado psicológico de la víctima y comprobar si existen síntomas clínicos y si éstos configuran algún cuadro psicopatológico (estrés postraumático, ansiedad, depresión…) del cual será especialmente importante pronunciarse sobre su cronicidad y pronóstico para saber si estamos hablando de una lesión o una secuela en el plano psíquico; y en tercer lugar, se tendrá que valorar si existe causalidad (o al menos compatibilidad) entre el estresor descrito y la sintomatología desarrollada por el trabajador acosado, para lo cual resultará esencial evaluar la estructura de personalidad, el estado anterior y la vulnerabilidad/resiliencia del sujeto acosado. 

Las consecuencias del acoso psicológico en el trabajo pueden ser de distinta naturaleza y proyectarse sobre ámbitos también muy variados en la vida del sujeto que lo sufre. Una característica propia del acoso laboral es que la víctima percibe la situación de hostigamiento como especialmente estresante y que pone en riesgo su salud tanto mental como física. A menudo, el trabajador acosado no sabe cómo afrontar estas situaciones para modificar su entorno socio-laboral, ni sabe cómo controlar las reacciones emocionales que le produce dicho proceso; el fracaso en el afrontamiento de estas situaciones y en el control de la ansiedad desencadena una patología propia del estrés, que se va volviendo crónica y se agrava progresivamente (González-Trijueque et al., 2011). 

 

 AMBITOS DE ACTUACIÓN EN CASOS DE MOBBING:

– Evaluación y comprobación de que efectivamente se ha sido objeto de mobbing o acoso laboral (objetivación del estresor).

– Diagnóstico de psicopatologías derivadas o asociadas al mobbing, su cronicidad y pronóstico.

– Detectar y clarificar la relación existente entre el estresor y la sintomatología diagnosticada.

– Elaboración del informe pericial psicológico.

– Si procediera: ratificación en sala o sede judicial de la pericial psicológica.

– Tratamiento psicológico mobbing o de las secuelas del acoso laboral.

 

Atención, valoración y tratamiento a personas víctimas de mobbing: 

             tel. 600 44 00 04. Javier Brotons. Psicólogo.

Completa información: https://www.psicologo-valencia.es